A partir del 1 de junio de 2024, entrará en vigor en Puerto Rico una nueva legislación que prohíbe la venta y distribución de plásticos desechables de un solo uso en establecimientos comerciales. Esta medida, firmada por el gobernador Pedro Pierluisi en 2022, se enmarca dentro del Proyecto de la Cámara 668 y se denomina “Ley para prohibir el expendio y utilización de plásticos de un solo uso en todo local comercial de venta y distribución autorizada a realizar negocios conforme a las leyes del Estado Libre Asociado”. La ley afectará a productos como sorbetos, cubiertos, platos, vasos, tazas y contenedores de alimentos hechos de poliestireno expandido (foam) para consumo inmediato o para llevar. Asimismo, la venta al detal o al por mayor de estos productos también será prohibida.
Excepciones y Regulaciones en la Implementación de la Ley
A pesar de la prohibición general, la ley contempla algunas excepciones, como es el caso del empaque de ciertos tipos de carne, para los cuales, por su naturaleza, no existe una alternativa viable al plástico de un solo uso. Además, en situaciones de emergencia declaradas por el gobernador o el presidente de Estados Unidos, se permitirá el uso de plásticos para satisfacer las necesidades de los comercios durante esos periodos. Durante los primeros 24 meses posteriores a la aprobación de la ley, los comercios que incumplan las normativas recibirán una notificación de falta, pero no serán multados. Sin embargo, una vez finalizado este periodo, el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) estará facultado para imponer multas, que ascenderán a $500 por la primera infracción, $1,000 por la segunda y $5,000 por cada infracción subsiguiente.
Publicidad : Esta información le llega a ustedes gracias a:
Clic en la imágen para ver más
Orientación y Reglamentación por Parte de DACO y DRNA
El proceso de orientación y reglamentación será llevado a cabo por el DACO y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA). Este proceso comenzará el 31 de julio de 2022, durante el cual estas agencias visitarán los comercios para ofrecer orientación, pero no impondrán multas hasta el 1 de diciembre de 2024. El DACO ha emitido la Carta Circular 2022-02 para resumir los detalles de la Ley 51, proporcionando a los comerciantes información clara sobre cómo cumplir con la nueva normativa.
Preparativos y Alternativas Ante la Nueva Ley
Aunque la prohibición de plásticos de un solo uso no entrará en vigor hasta junio de 2024, se recomienda a los establecimientos agotar sus inventarios de estos productos y buscar alternativas acordes con sus operaciones para cumplir con la ley. Las opciones reutilizables o biodegradables estarán permitidas como alternativas a los plásticos de un solo uso. Además, a partir del 31 de julio de 2022, los comercios deberán exhibir un aviso en sus puntos de venta, informando a los consumidores sobre la prohibición de plásticos de un solo uso en Puerto Rico a partir del 1 de junio de 2024. Este aviso deberá tener un tamaño mínimo de 8 ½ x 11 pulgadas y estar escrito en letra de 14 puntos, colocándose de manera visible para el consumidor.
Publicidad : Esta información le llega a ustedes gracias a:
Clic en la imágen para ver más