Nuevo Código Penal castiga hasta con 10 años de cárcel el uso de cadáveres en actos de brujería

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Santo Domingo.– Quienes profanen tumbas y utilicen cadáveres o restos humanos para prácticas de brujería, hechicería, rituales o actos supersticiosos podrían enfrentar penas de hasta 10 años de prisión en la República Dominicana, conforme al artículo 222 del nuevo Código Penal.
La disposición, vigente desde el pasado 3 de agosto, establece sanciones contra la profanación y el aprovechamiento ilegal de cadáveres. La normativa no penaliza la brujería, la hechicería ni las creencias religiosas por sí mismas, sino determinadas acciones realizadas con cadáveres o restos humanos.
◉ Lo que debes saber
Profanar, mutilar, destruir, ocultar, exhibir o ultrajar un cadáver o restos humanos puede conllevar de dos a tres años de prisión.
También se sanciona la exhumación o traslado de restos humanos sin autorización legal.
Estas infracciones contemplan multas de nueve a 15 salarios mínimos del sector público.
Si los restos son utilizados con fines comerciales, rituales o supersticiosos, la pena aumenta considerablemente.
El párrafo I del artículo 222 establece que el aprovechamiento de cadáveres o restos humanos para esos fines será castigado con cinco a 10 años de prisión y multas equivalentes a 10 a 20 salarios mínimos del sector público.
◉ La pena más severa
Hasta 10 años de cárcel cuando se utilicen restos humanos en rituales o actos supersticiosos.
La sanción puede alcanzar además 20 salarios mínimos de multa.
También existen sanciones relacionadas con la sustracción ilegal de ataúdes y otros objetos funerarios.
Quienes compren, vendan o encubran objetos funerarios robados también pueden enfrentar consecuencias penales.


















