La J.C.E. no tiene en su léxico la palabra “presión”

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OPINIONES

La J.C.E. no tiene en su léxico la palabra “presión”

Por CanaldelaMona 15 de julio de 2026 4 min de lectura

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OTEANDO

EMERSON SORIANO

Yuval Nohah Harari describe al hombre como un ser cuyo universo se forma y persiste en el tiempo por mor del relato. Es más, llega más lejos, dice que los primeros asomos de comunicación fueron activados a partir de la idea de chismorrear. Y es verdad que estamos hechos de palabras, las palabras designan cosas, tienen significado y transmiten sentido. Pero ¿qué hemos hecho con la palabra? Lo que hace el hombre con todas las cosas que la naturaleza pone en sus manos para su bienestar: a partir de nuestra naturaleza ociosa, hemos construido una babel que nos impide entendernos y estropea a veces la propia bondad que también nos es ínsita. Pero no hablo aquí de una babel lingüística, sino de una discursiva. Hablamos el mismo idioma, pero una gran mayoría está al acecho de lo que se dice para tergiversarlo. Así, hemos construido un mundo donde cada vez se respeta menos la dignidad ajena y se logra que mansos y cimarrones sean metidos en el mismo saco.

He dicho, dondequiera que se ha opinado contrario a ello, que puede que haya existido una Junta Central Electoral igual de seria que esta que tenemos, pero jamás más seria. Quienes están al frente de este órgano tienen una hoja de servicios y un abolengo de probidad construido sobre bases muy sólidas. Pero, aun así, por mor de los intereses que se ve obligada a gestionar, desde cada cuartel político, por insignificante que sea, y aun desde el nido de cada carroñero, bocina por demás de los primeros, se está permanentemente al acecho de lo que la Junta Central Electoral hace o se abstiene de hacer para rotularlo conforme a sus intereses mezquinos. Y es que esa es la industria de hoy, la maledicencia, los liks y las fakes news, y hay que conseguirlos así sea a expensas de la reputación ajena.

Ahora se han inventado que la Junta Central Electoral como que se hace de la vista gorda en relación con las firmas encuestadoras y los partidos políticos, regulados, para los fines de publicación de encuestas, por un Reglamento que a tales efectos emitió el órgano electoral. Parecería como si de desacreditar la Junta Central Electoral alguien planea obtener alguna baza política a la hora del “none”, y se piensa que haciendo ese tipo de presiones, se va dando -como al bistec- al Pleno de la Junta, los martillazos que lo debilitarán y permitirán comérsela con un “vuelta y vuelta”, logrando dejarla mal parada en el próximo proceso electoral. Pues ni una cosa ni la otra. Toda esa aspiración acaba de ser frenada por las ultimas declaraciones del Lic. Román Jáquez Liranzo, a propósito de la pregunta que le formulara un periodista en el sentido de que si era cierto que la Junta Central Electoral estaba dejando que todo el que quiera encueste y haga pronósticos a despecho del Reglamento que norma dicha actividad por mor de “presiones” que recibía para su omisión.

La respuesta a ese periodista fue contundente: “en el vocabulario de la Junta no existe esa palabra, presión”. Y a seguidas pasó a explicarle el estado actual de la cuestión. Resulta que el Reglamento de La Junta Central Electoral fue objeto (por parte de ACD Media y Participación Ciudadana, respectivamente), de un recurso de reconsideración elevado ante la Junta Central Electoral que, para los que no lo saben, es un recurso del que, en el ámbito del Derecho Administrativo, disponen los administrados para pedir al órgano de donde emana un acto reconsiderar su contenido o alcance. Pero, concomitantemente con eso, un actor diferente (la fundación Sin fronteras) elevó una petición de medida cautelar  y otra de impugnación ante el Tribunal Superior Electoral, solicitando la nulidad del Reglamento en cuestión, ante lo que la Junta central Electoral debe sobreseer el conocimiento de la reconsideración que le fuera sometido, hasta tanto, el Tribunal Superior Electoral decida acerca del asunto de que fue apoderado. La razón en la que se funda dicho sobreseimiento no es otra que la de el reconocimiento y respeto del carácter vinculante que tendrá lo que decida el máximo órgano en materia contenciosa electoral que, para los que no lo saben, devendrá vinculante tanto para la Junta Central Electoral como para todos los concernidos en los recursos y acciones. Luego, simplemente, la prudencia aconseja esperar la decisión del órgano jurisdiccional para evitar contradicciones innecesarias entre esta y la de la Junta Central Electoral. Tan simple como eso.

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