Tribunal Constitucional anula condena contra teniente coronel que mató a taxista en Hato Mayor
Por CanaldelaMona 01 de julio de 2026 2 min de lectura
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SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional (TC) anuló la sentencia que condenó a dos años de prisión al teniente coronel de la Policía Nacional Emilio Corcino Galván, hallado culpable por la muerte a tiros del taxista José Silvestre Pacheco, de 24 años, durante un operativo policial ocurrido en Hato Mayor en agosto de 2018.
Mediante la sentencia TC/0457/26, la alta corte acogió el recurso de revisión constitucional presentado por el oficial al concluir que el proceso penal excedió el plazo razonable establecido por la ley, vulnerando su derecho al debido proceso. En consecuencia, dejó sin efecto la decisión emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia y ordenó que el caso sea conocido nuevamente por ese tribunal conforme al criterio fijado por el TC.
◉ Lo que debes saber
• El Tribunal Constitucional anuló la condena de dos años impuesta al oficial Emilio Corcino Galván.
• El TC determinó que el proceso judicial se extendió cinco años y dos meses, superando el límite legal.
• La alta corte ordenó que el caso sea reenviado a la Suprema Corte de Justicia para un nuevo conocimiento.
• La decisión no declara inocente al oficial ni elimina el proceso penal, sino que deja sin efecto la sentencia por violación al debido proceso.
Los hechos ocurrieron el 3 de agosto de 2018, cuando Corcino Galván, entonces subcomandante de la dotación policial de Hato Mayor, disparó contra el taxista José Silvestre Pacheco durante un chequeo vehicular frente a una sucursal del Banco de Reservas. El oficial fue condenado por homicidio involuntario, además del pago de una indemnización de RD$3 millones a favor de los familiares de la víctima.
◉ ¿Qué significa?
• El caso deberá volver a ser conocido por la Suprema Corte de Justicia.
• El Tribunal Constitucional basó su decisión exclusivamente en la violación al derecho al plazo razonable.
• El TC no modificó las conclusiones sobre los hechos ni evaluó nuevamente la responsabilidad penal del oficial.
• La decisión reafirma que los procesos judiciales deben desarrollarse dentro de los plazos establecidos por la ley para garantizar el debido proceso.
Aunque la defensa insistió durante todo el proceso en que el oficial actuó en legítima defensa, el Tribunal Constitucional aclaró que no le correspondía revisar esa valoración de los hechos. Su decisión se fundamentó únicamente en que la duración del proceso excedió el límite permitido por la legislación, por lo que ordenó que el expediente vuelva a ser conocido respetando las garantías constitucionales.