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viernes, mayo 3, 2024
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Empate histórico en elecciones por alcaldía de La Caleta | La Suerte decide el ganador

REDACCION.- Las recientes elecciones municipales en República Dominicana han evidenciado una mezcla de resultados contundentes y competiciones sumamente ajustadas entre los candidatos a la alcaldía. Un claro ejemplo de esta última situación se dio en La Caleta, La Romana, donde los candidatos de Alianza País, Javier Ramírez, y del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Tury Reyes, empataron con exactamente 1,499 votos cada uno, tras el conteo completo de los sufragios, según datos de la Junta Central Electoral (JCE). Este tipo de empates, aunque poco comunes, plantean interrogantes sobre el procedimiento a seguir para definir un ganador en estas circunstancias tan peculiares.

La ley dominicana prevé una solución interesante para estos casos de empate, tal como se especifica en el artículo 163 de la Ley Electoral de la República Dominicana. Este estipula que el desempate se hará «por la suerte», mediante un proceso donde los nombres de los candidatos empatados se escriben en tarjetas que se introducen en sobres idénticos. Estos sobres se mezclan en un recipiente, y en un acto público, con la presencia de miembros de la junta electoral y representantes de los partidos políticos de los candidatos, se extrae un sobre por parte del secretario de la Junta. El nombre que contenga el sobre seleccionado, leído en voz alta por el presidente de la junta, será declarado como el ganador del cargo disputado, asegurando así la transparencia y la equidad en la resolución de empates electorales.

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A CONTINUACIÓN, EL ARTÍCULO 163 DE LA LEY ELECTORAL:

“Artículo 163.- EMPATE. Cuando dos o más candidatos a un mismo cargo obtuvieren igual número de votos, se resolverá el empate por la suerte, del modo siguiente: Se inscribirán en tarjetas distintas los nombres de los candidatos empatados. El presidente de la junta electoral correspondiente, en presencia de los miembros de ésta y de los representantes de agrupaciones o partidos políticos que hubieren sustentado candidaturas, pero no del secretario, colocará una de las tarjetas dentro de un sobre blanco que cerrará. Tanto los sobres como las tarjetas serán de clase, forma y aspecto iguales. Acto continuo, el presidente colocará los sobres así dispuestos dentro de un receptáculo, y cada uno de los vocales de la junta, sucesivamente, a la vista del presidente, pero no de los demás vocales, revolverá dichos sobres dentro del receptáculo. En seguida, el secretario, en presencia de la junta, sacará un sobre, y el nombre que éste contenga, y que será leído de inmediato en alta voz por el presidente de la junta, será el candidato elegido”.


 

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