SANTO DOMINGO.- El presidente Luis Abinader emitió el decreto 30-25 para regular la percepción y aplicación del ITBIS en los servicios digitales consumidos en República Dominicana y prestados por proveedores extranjeros. La medida establecía que plataformas como Netflix, Spotify, Disney+, Google Ads y Uber, entre otras, debían registrarse en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y asumir el rol de agentes de percepción del ITBIS. El objetivo era mejorar la recaudación fiscal y garantizar equidad tributaria entre el comercio digital y los negocios tradicionales, siguiendo recomendaciones de la OCDE. La norma estipulaba que el impuesto se aplicaría a servicios digitales utilizados, consumidos o captados en el país y entraría en vigencia en julio de 2025.
Sin embargo, el vocero de la Presidencia, Homero Figueroa, informó que el decreto será derogado, por lo que no entrará en vigencia. La decisión se produce tras las reacciones generadas por la medida, la cual había sido publicada en la Gaceta Oficial y en la página de la Consultoría Jurídica de la Presidencia. Con la anulación del reglamento, las plataformas digitales extranjeras quedarán exentas de registrarse como contribuyentes en la DGII y de cobrar el ITBIS a los usuarios dominicanos, manteniéndose el esquema actual de tributación en el país.