SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales y expulsó del ordenamiento jurídico el artículo 210 de la Ley 285 (Código de Justicia de la Policía Nacional) y el artículo 260 de la Ley 3483 (Código de Justicia de las Fuerzas Armadas), que imponían penas de prisión de hasta dos años a miembros de la PN y las FF. AA. por sostener relaciones sexuales con personas del mismo sexo, tipificadas como “sodomía” o “concúbito entre personas de un mismo sexo”. El TC consideró que estas normas eran “ostensiblemente inconstitucionales” al violar principios de razonabilidad, igualdad y no discriminación, así como derechos fundamentales como la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo.





